Actividad de aprendizaje 1:
Estudiar el caso que se presenta a continuación, analizando los elementos más
importantes y de mayor impacto en el ámbito del derecho laboral, y responder a los
cuestionarios planteados a través del EVA.
Tema: Terminación del contrato individual del trabajo.
El Código del Trabajo contemplas diversas causas por las cuales termina el contrato
individual de trabajo: Adicionalmente establece las condiciones en las cuales se da
la terminación del contrato sin desahucio y la obligación del cesionario y derecho del
trabajador. Señala también la norma laboral las causas por la que, tanto el empleador
como el trabajador, pueden dar por terminado el contrato individual de trabajo. Así
como los casos en los que el empleador no piede dar por terminado el contrato. En
torno a estos aspectos responda correctamente las preguntas que se plantean a
continuación.
Competencia a la que aporta la actividad:
Desarrolla la capacidad de conocer y aplicar la normativa relacionada con la
terminación del contrato individual de trabajo, para resolver problemas complejos
y tomar decisiones en situaciones de incertidumbre, urgencia y presión; incluye el
análisis de situaciones complejas, la elaboración de juicios morales sobre ellas,
identificación y definición de problemas, toma de decisiones o construcción de
argumentos para la persuasión y la apreciación de las consecuencias que pueden
derivarse del caso estudiado, apoyándose en el uso de las TIC.
Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
a. El estudiante identifica y analiza de manera reflexiva los elementos presentados
con el apoyo de la guía didáctica y el Código del Trabajo.
b. Responde al cuestionario planteado, expresando de manera concreta y objetiva
la síntesis de su análisis y su pensamiento.
1. Algunas de las causas por las que termina el contrato de trabajo son:
Opciones de respuesta:
a. Por acuerdo de las partes; por la conclusión de la obra, período de labor o
servicios objeto del contrato; por desahucio presentado por el trabajador.
b. Por voluntad del director del trabajo; por decisión de la organización
sindical; por desahucio presentado por el empleador.
c. Por grave situación económica; por desastres naturales; por sentencia
de juez.
2. En el caso de que el contrato termine por la conclusión de la obra, periodo
de labor o servicio objeto del contrato, la terminación de la relación
laboral operará:
Opciones de respuesta:
a. Siempre que exista el desahucio presentado por el empleador.
b. Siempre que se de el desahucio por parte del trabajador.
c. Sin necesidad de desahucio ni otra formalidad.
3. Una de las causas por las que el empleador puede dar por terminado el
contrato individual de trabajo, previo visto bueno, es:
Opciones de respuesta:
a. Por disminución o por falta de pago o de puntualidad en el abono de la
remuneración pactada.
b. Por faltas repetidas e injustificadas de puntualidad y asistencia al trabajo
o por abandono de éste por un tiempo mayor de tres días consecutivos,
sin causa justa y siempre que dichas causales se hayan producido dentro
de un período mensual de labor.
c. Por incapacidad temporal para el rabajo proveniente de enfermedad no
profesional del trabajador, mientras no exceda de un año.
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4. Una de las causas por las que el trabajador puede dar por terminado el
contrato individual de trabajo, previo visto bueno, es:
Opciones de respuesta:
a. Por exigir el trabajador que el empleador le acepte ejecutar una labor
distinta a la convenida.
b. Por ausencia del trabajador fundada en descanso motivado por el parto.
c. Por injurias graves inferidas por el empleador, sus familiares o
representantes al trabajador, su cónyuge o conviviente en unión de
hecho, ascendientes o descendientes. (Art. 173, 1. C.T.)
5. El trabajador que adoleciere de enfermedad no profesional deberá
comunicar este particular, por escrito, al empleador y a la inspección del
trabajo respectiva:
Opciones de respuesta:
a. Dentro de los tres primeros días de la enfermedad. Si no cumpliere con
esta obligación se presumirá que no existe la enfermedad. (Art. 177 C.T.)
b. Dentro de los cinco primeros días de la enfermedad. Si no cumpliere con
esta obligación se presumirá que existe la enfermedad..
c. Dentro de los quince primeros días de la enfermedad. Si no cumpliere
con esta obligación se presumirá que no existe la enfermedad.
Criterio de evaluación:
Cada respuesta correcta se calificará con 0,10 puntos.
Actividad de aprendizaje 2:
Estudiar el caso que se presenta a continuación, analizando los elementos más
importantes y de mayor impacto en el ámbito del derecho laboral, y responder a los
cuestionarios planteados a través del EVA.
Tema: La Seguridad Social, el fondo de reserva y la jubilación.
La seguridad social es una garantía que el Estado ha contemplado para el asegurado,
y que consiste en brindar prestaciones. Todo trabajador tiene el derecho irrenunciable
de ser afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, desde el primer día
de trabajo, así como hacer uso de este derecho de forma voluntaria. En tal virtud, la
Ley de Seguridad Social, reformada mediante publicación en el Registro Oficial No.
483 del 20 de abril de 2015, establece los aspectos relacionados con el cumplimiento
de estas disposiciones. Sobre este aspecto responda correctamente las preguntas
planteadas relacionadas con la Seguridad Social.
Competencia a la que aporta la actividad:
Desarrolla la capacidad de conocer y aplicar la normativa y beneficios de la seguridad
social para resolver problemas complejos y tomar decisiones en situaciones de
incertidumbre, urgencia y presión; incluye el análisis de situaciones complejas, la
elaboración de juicios morales sobre ellas, identificación y definición de problemas,
toma de decisiones o construcción de argumentos para la persuasión y la apreciación
de las consecuencias que pueden derivarse del caso estudiado, apoyándose en el
uso de las TIC.
Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
a. El estudiante identifica y analiza de manera reflexiva los elementos presentados
con el apoyo de la guía didáctica, el Código del Trabajo y la Ley de Seguridad
Social.
b. Responde al cuestionario planteado, expresando de manera concreta y objetiva
la síntesis de su análisis y su pensamiento.
Interrogantes de la actividad planteada:
1. Las personas que están obligadas a la afiliación al Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social, son:
Opciones de respuesta:
a. El trabajador en relación de independencia; el profesional en libre ejercicio;
los dueños de una empresa multipersonal; el trabajador independiente;
las personas que realicen trabajo del hogar remunerado; y las demás
personas no obligadas a la afiliación al régimen del Seguro General.
b. El trabajador en relación de dependencia; el trabajador autónomo; el
profesional en libre ejercicio; el administrador o patrono de un negocio; el
dueño de una empresa unipersonal; el menor trabajador independiente;
las personas que realicen trabajo del hogar no remunerado; y las
demás personas obligadas a la afiliación al régimen del Seguro General
Obligatorio.
c. El trabajador en relación de dependencia y los del seguro general
campesino.
2. El Seguro General Obligatorio protegerá a las personas afiliadas, en
las condiciones establecidas en la Ley de Seguridad Social y demás
normativa aplicable, de acuerdo a las características de la actividad
realizada, en caso de:
Opciones de respuesta:
a. Enfermedad; maternidad; riesgos del trabajo; vejez, muerte e invalidez,
que incluye discapacidad; y censantía.
b. Enfermedad; maternidad; vejez, muerte e invalidez; y cesantía.
c. Enfermedad; maternidad; y vejez, muerte e invalidez, que incluye
discapacidad.
3. Las principales prestaciones o servicios que brinda el Seguro Social son:
Opciones de respuesta:
a. Protección judicial y administrativa.
b. Protección virtual.
c. Salud; pensiones; riesgos del trabajo; seguro campesino; y préstamos.
4. Todo trabajador que preste servicios por más de un año tiene derecho
a que el empleador le abone una suma equivalente a un mes de sueldo
o salario por cada año completo posterior al primero de sus servicios.
Estas sumas constituirán:
Opciones de respuesta:
a. el fondo de reserva actuarial.
b. el fondo de reserva o trabajo capitalizado. (Art. 196 C.T.)
c. trabajo individual capitalizado.
5. El depósito del fondo de reserva se lo realizará en el Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social, siempre que el trabajador se hallare afiliado a dicho
institituto. Este fondo se deposita:
Opciones de respuesta:
a. Mensualmente, siempre y cuando el trabajador haya decidido no recibirlo
de manera mensual y directa por parte del empleador. (Art. 201 C.T.)
b. Anualmente, siempre y cuando el trabajador haya decidido recibirlo de
manera mensual y directa por parte del empleador.
c. Mensualmente, independientemente de que el trabajador prefiera
recibirlo de manera directa por parte del empleador.
2. El Seguro General Obligatorio protegerá a las personas afiliadas, en
las condiciones establecidas en la Ley de Seguridad Social y demás
normativa aplicable, de acuerdo a las características de la actividad
realizada, en caso de:
Opciones de respuesta:
a. Enfermedad; maternidad; riesgos del trabajo; vejez, muerte e invalidez,
que incluye discapacidad; y censantía.
b. Enfermedad; maternidad; vejez, muerte e invalidez; y cesantía.
c. Enfermedad; maternidad; y vejez, muerte e invalidez, que incluye
discapacidad.
3. Las principales prestaciones o servicios que brinda el Seguro Social son:
Opciones de respuesta:
a. Protección judicial y administrativa.
b. Protección virtual.
c. Salud; pensiones; riesgos del trabajo; seguro campesino; y préstamos.
4. Todo trabajador que preste servicios por más de un año tiene derecho
a que el empleador le abone una suma equivalente a un mes de sueldo
o salario por cada año completo posterior al primero de sus servicios.
Estas sumas constituirán:
Opciones de respuesta:
a. el fondo de reserva actuarial.
b. el fondo de reserva o trabajo capitalizado. (Art. 196 C.T.)
c. trabajo individual capitalizado.
5. El depósito del fondo de reserva se lo realizará en el Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social, siempre que el trabajador se hallare afiliado a dicho
institituto. Este fondo se deposita:
Opciones de respuesta:
a. Mensualmente, siempre y cuando el trabajador haya decidido no recibirlo
de manera mensual y directa por parte del empleador. (Art. 201 C.T.)
b. Anualmente, siempre y cuando el trabajador haya decidido recibirlo de
manera mensual y directa por parte del empleador.
c. Mensualmente, independientemente de que el trabajador prefiera
recibirlo de manera directa por parte del empleador.
1. El Derecho Laboral Colectivo es una rama del Derecho del Trabajo que
con sus principios, normas e instituciones propias regula:
Opciones de respuesta:
a. el establecimiento de las condiciones o bases conforme a las cuales
han de celebrarse los acuerdos sobre la estabilidad y aspiraciones del
trabajador determinados en el interés de cada trabajador.
b. la constitución, funcionamiento y actividades de las asociaciones
profesionales; la celebración, contenido y efectos de los contratos
colectivos, y la facultad y modalidad del derecho de los trabajadores a
participar en gestión de la empresa y en la vida nacional.
c. las condiciones ambientales conforme a las cuales han de celebrarse
en lo sucesivo, los convenios sobre aspectos de salud y seguridad en el
trabajo determinados en el pacto.
2. Analizar la naturaleza jurídica del Derecho Laboral Colectivo implica:
Opciones de respuesta:
a. Establecer si se enmarca en el Derecho Público o en el Derecho Privado.
b. Reconocer si existen las respectivas formalidades.
c. Definir si es nacional o internacional.
3. En torno a la naturaleza del Derecho Laboral Colectivo, se puede concluir
que:
Opciones de respuesta:
a. Puede determinarse en base a la decisión de los miembros de la
asociación profesional ñegañmente constituida.
b. Únicamente los trabajadores sindicalizados, miembros de la organización
sindical, y las autoridades pueden definirla.
c. El Derecho Laboral Colectivo tiene una naturaleza jurídica sui generis,
por cuanto resulta muy dificil unicarlo ya sea dentro del Derecho Público
o del Derecho Privado.
4. Las instituciones fundamentales del Derecho Laboral Colectivo son:
Opciones de respuesta:
a. Las asociaciones profesionales, los conflcitos colectivos y la contratación
colectiva.
b. Los sueldos y beneficios o cualquier otra forma de remuneración a favor
de los trabajadores.
c. La inspectoría y la Dirección General del Trabajo.
5. Algunas de las características más importantes del Derecho Laboral
Colectivo son:
Opciones de respuesta:
a. Equidad de género, igualdad de oportunidades, acción afirmativa y apoyo
al desarrollo.
b. La libertad de asociación; derecho de protección y tutela; intangibilidad
de derechos; derecho especial y autónomo.
c. Trabajo en equipos; cuidado de máquinas y herramientas; supervisión y
control de trabajadores.
Criterio de evaluación:
Cada respuesta correcta se calificará con 0,10 puntos.
Actividad de aprendizaje 4:
Estudiar el caso que se presenta a continuación, analizando los elementos más
importantes y de mayor impacto en el ámbito del derecho laboral, y responder a los
cuestionarios planteados a través del EVA.