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lunes, 4 de diciembre de 2017

Tarea resuelta de DERECHO ADMINISTRATIVO Octubre 2017- Febrero 2018

ACTIVIDAD 1
1. Actividad de aprendizaje: Analizar la figura del acto administrativo.
2. Tema: El Acto Administrativo.
3. Competencia a la que aporta la actividad:
• Analiza y distingue las diferentes actuaciones públicas en ejercicio de la
función administrativa.
4. Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
a. Revisar el capítulo 7 del Texto Guía Derecho Administrativo.
b. Analizar previamente los siguientes artículos:
Artículos 164, 165 y 166 de la Constitución de la República del
Ecuador.
Artículos 65, 66, 68, 121, 122 y 123 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE).
Artículos 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 de la Ley de
Seguridad Pública y del Estado.
Artículos 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45 del Reglamento
a la Ley de Seguridad Pública y del Estado.
c. Revisar el Decreto Ejecutivo 1001, de fecha 17 de abril de 2016, publicado
en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 742 del miércoles 27 de abril
de 2016.
d. Puede ampliar sus conocimientos consultando en la Internet o en otras
fuentes bibliográficas relacionadas con el tema.

5. Resuelva las siguientes interrogantes sobre la actividad planteada:
Lea con atención y detenimiento el siguiente decreto ejecutivo y, luego de
contestación a las preguntas que sobre el mismo se plantean:
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
No. 1001
RAFAEL CORREA DELGADO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce
el derecho de la población tiene derecho a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el buen vivir,
sumak kawsay;
Que el artículo 396 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que
el Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos
ambientales negativos cuando exista certidumbre de daño; y, que en caso
de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no
exista evidencia científica de daño, el Estado adoptará medidas protectoras y
oportunas;
Que el artículo 389 de la Constitución de la República del Ecuador señala
que es obligación del Estado proteger a las personas, las colectividades y la
naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o
antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres,
la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y
ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad;
Que de conformidad con el artículo 389 de la Constitución de la República del
Ecuador, el Estado ejercerá la rectoría del sistema nacional descentralizado de
gestión de riesgo a través del organismo técnico establecido en la ley;
Que la Ley de Seguridad Pública y del Estado, establece a la Secretaría
Nacional de Gestión de Riesgos como órgano rector del sistema nacional
descentralizado de gestión de riesgo;
Que de conformidad con la ley de la materia son funciones del organismo
técnico, entre otras, articular las instituciones para que coordinen acciones a fin

5. Resuelva las siguientes interrogantes sobre la actividad planteada:
Lea con atención y detenimiento el siguiente decreto ejecutivo y, luego de
contestación a las preguntas que sobre el mismo se plantean:
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
No. 1001
RAFAEL CORREA DELGADO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce
el derecho de la población tiene derecho a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el buen vivir,
sumak kawsay;
Que el artículo 396 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que
el Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos
ambientales negativos cuando exista certidumbre de daño; y, que en caso
de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no
exista evidencia científica de daño, el Estado adoptará medidas protectoras y
oportunas;
Que el artículo 389 de la Constitución de la República del Ecuador señala
que es obligación del Estado proteger a las personas, las colectividades y la
naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o
antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres,
la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y
ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad;
Que de conformidad con el artículo 389 de la Constitución de la República del
Ecuador, el Estado ejercerá la rectoría del sistema nacional descentralizado de
gestión de riesgo a través del organismo técnico establecido en la ley;
Que la Ley de Seguridad Pública y del Estado, establece a la Secretaría
Nacional de Gestión de Riesgos como órgano rector del sistema nacional
descentralizado de gestión de riesgo;
Que de conformidad con la ley de la materia son funciones del organismo
técnico, entre otras, articular las instituciones para que coordinen acciones a fin

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Artículo 5.- Notifíquese de esta declaratoria a la Asamblea Nacional y a la
Corte Constitucional.
Artículo 6.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo que entrará en
vigencia desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Oficial, encárguense los ministros de: Coordinación de Seguridad, del
Interior, de Defensa, de Finanzas, de Salud, de Inclusión Económica y Social;
y la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.
Dado en Roma, República Italiana, a los 17 días del mes de abril de 2016.
Rafael Correa Delgado
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
5.1. En el presente decreto ejecutivo la titularidad del órgano le corresponde
al:
a. Presidente de la Asamblea Nacional.
b. Presidente de la Corte Constitucional.
c. Presidente de la República.
5.2. Este decreto ejecutivo se puede comparar con una resolución expedida
por cualquier otra autoridad de la administración pública, ya que estos
actos administrativos son:
a. motivados porque deben contar con los debidos fundamentos de
hecho y de derecho para su validez.
b. simples actuaciones interorgánicas para el ejercicio de la actividad
administrativa.
c. la constancia de un hecho ocurrido en el ejercicio cotidiano de la
administración pública.
5.3. En este decreto la motivación se expresa en su parte:
a. declarativa.
b. considerativa.
c. ejecutoria.

5.4. Declarado el estado de excepción, el Presidente de la República ha
dispuesto al Ministerio de Finanzas, la utilización de los fondos públicos
disponibles para atender esta emergencia, excepto los destinados a:
a. salud y bienestar social.
b. salud y educación.
c. salud y defensa nacional.
5.5. La ejecutoriedad de este acto administrativo le corresponde, entre otros,
al:
a. Ministro de Educación.
b. Secretario del Agua.
c. Ministro de Salud.
5.6. Por sus características especiales el decreto ejecutivo de estado de
excepción debe ser notificado a:
a. exclusivamente a la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.
b. la Asamblea Nacional y Corte Constitucional.
c. los damnificados de la zona en donde se produjo el terremoto.
5.7. La vigencia de este acto administrativo tuvo lugar desde la:
a. fecha de su expedición.
b. publicación en el Registro Oficial.
c. comunicación a los ministerios involucrados.
5.8. En este caso el estado de excepción se debe a motivos:
a. naturales.
b. antrópicos.
c. bélicos.
5.9. El plazo de vigencia máxima del estado de excepción será de:
a. 30 días.
b. 60 días.
c. 90 días.

5.10. El estado de excepción podrá renovarse hasta por:
a. 5 días más.
b. 15 días más.
c. 30 días más.
6. Criterio de evaluación: Cada acierto tiene el valor de 0.2 puntos, dando un
total de 2 puntos.
ACTIVIDAD 2
1. Actividad de aprendizaje: Analizar los diferentes tipos de actuaciones
administrativas.
2. Tema: Hechos Administrativos, Actos de Simple Administración y Actos
Normativos.
3. Competencia a la que aporta la actividad:
• Analiza y distingue las diferentes actuaciones públicas en ejercicio de la
función administrativa.
4. Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
a. Revisar los capítulos 8 y 9 del Texto Guía Derecho Administrativo.
b. Analizar previamente los siguientes artículos: 70, 71, 78 y 80 del Estatuto
del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE).
c. Puede ampliar sus conocimientos consultando en la Internet o en otras
fuentes bibliográficas relacionadas con el tema.

5. Resuelva la siguiente interrogante sobre la actividad planteada:
Frente a cada ejemplo coloque el tipo de actuación administrativa que
corresponda.
EJEMPLO TIPO DE ACTUACIÓN
ADMINISTRATIVA
El pronunciamiento sobre una norma relacionada con la
expropiación.
La descripción de un edificio que presenta fisuras en su
estructura y corre peligro de colapsar.
Un vehículo del Ministerio del Interior valorado en $
40.000,00 USD.
Operativo de control de precios en un mercado.
El detalle pormenorizado de los bienes muebles e
inmuebles de una institución pública.
La medición del caudal de agua de un río.
El pronunciamiento del Presidente de la República sobre
los horarios de atención en bares y discotecas a nivel
nacional.
Clausura de un bar por atender fuera del horario
establecido.
Opciones de respuesta:
Acto normativo
Avalúo
Díctamen
Inspección
Inventario
6. Criterio de evaluación: Cada acierto tiene el valor de 0.25 puntos, dando un
total de 2 puntos.
ACTIVIDAD 3
1. Actividad de aprendizaje: Identificar los diferentes tipos de contratos y sus
procedimientos contractuales constantes en la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública.

2. Tema: Contratación Pública.
3. Competencia a la que aporta la actividad:
• Analiza y distingue las diferentes actuaciones públicas en ejercicio de la
función administrativa.
4. Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
a. Revisar el capítulo 10 del Texto Guía Derecho Administrativo.
b. Analizar previamente la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública y su reglamento.
c. Puede ampliar sus conocimientos consultando en la Internet o en otras
fuentes bibliográficas relacionadas con el tema.
5. Resuelva la siguiente interrogante sobre la actividad planteada:
Frente a cada procedimiento contractual coloque el tipo de contrato que
corresponda.
PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL CONTRATO
Contratación integral a precio fijo
Subasta inversa
Concurso público
Cotización
Menor cuantía
Contratación directa
Catálogo electrónico
Lista corta
Ínfima cuantía
Licitación
Opciones de respuesta:
Bienes y servicios normalizados
Consultoría
Obras