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miércoles, 1 de enero de 2020

Tarea resuelta de LEGISLACIÓN TURÍSTICA Octubre 2019 - Enero 2020

PREGUNTA 1.
Actividad de aprendizaje
:
Analizar las principales competencias, atribuciones y funciones del órgano rector de
las actividades turísticas, y contestar el cuestionario que se expone al final.
Tema de la tarea:ÓRGANO RECTOR DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICASCompetencia a la que aporta la actividad:Comprende las principales disposiciones de la Ley de Turismo, reglamentos
respectivos y normas conexas para su aplicación en las actividades turísticas.
Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
Realice una lectura comprensiva de la Unidad 8 de la guía didáctica.Revise las normas pertinentes de la Ley de Turismo y del Reglamento General
a la Ley de Turismo.
Resuelva el cuestionario de la actividad de aprendizaje, seleccionando una
sola respuesta.
Interrogantes de la actividad planteada:
1.1. ¿Cuál de las siguientes funciones no le corresponde al Ministro de
Turismo?
a. Orientar, promover y apoyar la inversión nacional y extranjera en la
actividad turística, de conformidad con las normas pertinentes
b. Planificar la actividad turística del país
c. Declarar, mediante acuerdo ministerial, las áreas turísticas protegidas
d. Elaborar el inventario de áreas o sitios de interés turístico y mantener
actualizada la información

1.2. Preparar las normas técnicas y de calidad por actividad turística que
regirán en todo el territorio nacional, es competencia del:
a. Ministerio del Ambiente
b. Ministerio de Turismo
c. Municipio respectivo
d. Consejo provincial respectivo
1.3. Nombrar y remover a los funcionarios y empleados del Ministerio de
Turismo es responsabilidad del:
a. Presidente de la República
b. Ministro de Turismo
c. Consejo Consultivo de Turismo
d. Ministro de Trabajo
1.4. Establecer, privativamente, las categorías oficiales para cada actividad
vinculada al turismo es competencia del:
a. Ministerio del Ambiente
b. Ministerio de Turismo
c. Municipio respectivo
d. Consejo provincial respectivo
1.5. La concesión del registro de turismo es competencia:a. De los ministros de Turismo y Ambiente, quienes deben coordinar
adecuadamente
b. Privativa del Ministro de Turismo; es decir, no puede descentralizarse
c. Del Ministro de Turismo, salvo que se haya descentralizado la competencia
a los organismos seccionales (GAD)
d. De los respectivos organismos seccionales o GAD
Criterio de evaluación:Se calificarán las respuestas correctas con el valor de 0,3 puntos cada una.
PREGUNTA 2.
Actividad de aprendizaje
:
Examinar el marco normativo relacionado con el ejercicio de las actividades turísticas
dentro de las áreas naturales protegidas y contestar el cuestionario que se expone
al final.
Tema de la tarea:ACTIVIDADES TURÍSTICAS EN ÁREAS NATURALES PROTEGIDASCompetencia a la que aporta la actividad:Comprende las principales disposiciones de la Ley de Turismo, reglamentos
respectivos y normas conexas para su aplicación en las actividades turísticas.
Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
Realice una lectura comprensiva de la Guía didáctica, páginas 84 – 86.Revise las normas pertinentes de la Ley de Turismo, Reglamento General
a la Ley de Turismo y Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales
Protegidas.
Resuelva el cuestionario de la actividad de aprendizaje, seleccionando una
sola respuesta.
Interrogantes de la actividad planteada:
2.1. Autorizar cada cinco años incrementos en el total de cupos de operación
para las áreas naturales y zonas de reserva, en un porcentaje que en
ningún caso será superior al cinco por ciento del total de cupos, es
competencia privativa:
a. Del Presidente de la República
b. Del Ministro de Turismo
c. Del Ministro del Ambiente
d. De los municipios

2.2. El otorgamiento de Permisos Ambientales de Actividades Turísticas,
dentro del Patrimonio de Áreas Naturales del Estado, se encuentra
regulado en:
a. La Ley de Turismo
b. El Reglamento General a la Ley de Turismo
c. El Reglamento General de Actividades Turísticas
d. El Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas
2.3. Programar, autorizar, manejar, controlar y supervisar los usos turísticos
de los recursos naturales y culturales en las áreas protegidas del
Patrimonio de Áreas Naturales del Estado, es competencia:
a. Del Presidente de la República
b. Del Ministro de Turismo
c. Del Ministro del Ambiente
d. De los municipios respectivos
2.4. Fijar y cobrar los valores por el ingreso a las áreas del Patrimonio de
Áreas Naturales del Estado, es competencia:
a. Del Ministerio de Turismo
b. Del Ministerio del Ambiente
c. De los consejos provinciales respectivos
d. De los municipios respectivos
2.5. La autorización que otorga el Estado ecuatoriano a las personas naturales
o jurídicas para ejercer actividades turísticas y prestar servicios turísticos
dentro del Patrimonio de Áreas Naturales del Estado se denomina:
a. Permiso ambiental de actividad turística
b. Registro ambiental
c. Licencia de funcionamiento ambiental
d. Licencia turística
Criterio de evaluación:Se calificarán las respuestas correctas con el valor de 0,3 puntos cada una.
PREGUNTA 3.
Actividad de aprendizaje
:
Analizar las disposiciones legales relacionadas con la protección y garantías para el
ejercicio de los derechos del consumidor de servicios turísticos, así como contestar
el cuestionario que se expone al final.
Tema de la tarea:PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE SERVICIOS TURÍSTICOSCompetencia a la que aporta la actividad:Comprende las principales disposiciones de la Ley de Turismo, reglamentos
respectivos y normas conexas para su aplicación en las actividades turísticas.
Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
Realice una lectura comprensiva de la Guía didáctica, páginas 80 – 82.Revise las normas pertinentes de la Ley de Turismo y Reglamento General a
la Ley de Turismo.
Resuelva el cuestionario de la actividad de aprendizaje, seleccionando una
sola respuesta.
Interrogantes de la actividad planteada:
3.1. La defensa de los derechos del usuario de servicios turísticos, en los
términos que señala la Constitución, la Ley Org
ánica de Defensa del
Consumidor y la Ley de Turismo, corresponde:
a. Al Presidente de la República
b. Al Ministro de Turismo
c. Al Ministro del Ambiente
d. A los municipios

3.2. Está prohibido respecto a los extranjeros:a. Su ingreso a áreas naturales protegidas
b. Su ingreso a zonas de reserva
c. Todo discrimen, especialmente en lo que concierne a tarifas y tasas por
cualquier servicio turístico
d. El libre goce de los servicios turísticos
3.3. El procedimiento administrativo para imponer sanciones a los
empresarios turísticos, por incumplimientos al ordenamiento jurídico,
será responsabilidad:
a. Del Ministro de Turismo
b. Del Presidente de la República
c. De los municipios
d. De los consejos provinciales
3.4. En caso de faltas leves, debidamente comprobadas, el empresario
turístico será sancionado con:
a. Amonestación escrita
b. Ubicación en la lista de empresarios incumplidos
c. Clausura
d. Multa
3.5. El acto administrativo mediante el cual el Ministro de Turismo, por sí o
mediante delegación, dispone el cierre de los establecimientos turísticos,
se denomina:
a. Sanción pecuniaria
b. Suspensión temporal
c. Clausura
d. Sentencia
Criterio de evaluación:Se calificarán las respuestas correctas con el valor de 0,3 puntos cada una.
PREGUNTA 4.
Actividad de aprendizaje
:
Analizar las disposiciones legales relacionadas con el Ecoturismo, modalidad turística
ejercida por personas naturales, jurídicas o comunidades legalmente reconocidas en
áreas naturales; y, contestar el cuestionario que se expone al final.
Tema de la tarea:EL ECOTURISMOCompetencia a la que aporta la actividad:Comprende las principales disposiciones de la Ley de Turismo, reglamentos
respectivos y normas conexas para su aplicación en las actividades turísticas.
Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
Revise las normas pertinentes de la Reglamento General de Actividades
Turísticas.
Resuelva el cuestionario de la actividad de aprendizaje, seleccionando una
sola respuesta.
Interrogantes de la actividad planteada:
4.1. Se considera ecoturismo a la modalidad turística ejercida por personas
naturales, jurídicas o comunidades legalmente reconocidas en Áreas:
a. Naturales, que correspondan o no al Sistema Nacional de Áreas
Protegidas
b. Naturales, que correspondan al Sistema Nacional de Áreas Protegidas
exclusivamente
c. Naturales, siempre y cuando estén fuera del Sistema Nacional de Áreas
Protegidas
d. Naturales o artificiales, siempre y cuando correspondan al Sistema
Nacional de Áreas Protegidas

4.2. El objeto del ecoturismo es:a. Realizar actividades de investigación con miras a determinar zonas
turísticas potenciales
b. Conocer la cultura de las comunidades locales afincadas en ellas y la
historia natural del ambiente que las rodea
c. Realizar estudios antropológicos de las comunidades indígenas
d. Identificar las zonas naturales que deben ser protegidas por el Estado
ecuatoriano
4.3. La autorización para realizar actividades de ecoturismo, en las áreas que
conforman el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, es competencia:
a. Del Ministerio de Turismo
b. Del Ministerio del Ambiente
c. De los consejos provinciales respectivos
d. De los municipios respectivos
4.4. Establecer las normas técnicas a las que se sujetarán las instituciones
del Estado, las personas naturales, jurídicas o comunidades legalmente
reconocidas en el ejercicio de actividades turísticas dentro de la modalidad
de ecoturismo, es competencia:
a. De la Presidencia de la República
b. Del Ministerio de Turismo
c. Del Ministerio del Ambiente
d. De los municipios y consejos provinciales
4.5. Las empresas dedicadas a ejercer actividades vinculadas con el
ecoturismo podrán acceder a la categoría especial denominada:
a. “Empresa de calidad”
b. “Empresa de Ecoturismo”
c. “Actividad turística certificada”
d. “Actividad turística ISSO”
Criterio de evaluación:Se calificarán las respuestas correctas con el valor de 0,3 puntos cada una.