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domingo, 1 de abril de 2018

Tarea resuelta de DERECHO AMBIENTAL Abril 2018- Agosto 2018

1. Actividad de aprendizaje:
Analizar las definiciones básicas, características, principios y fuentes del
derecho ambiental
2. Tema: Definiciones y conceptos básicos del derecho ambiental
3. Competencia a la que aporta la actividad: Genera una visión actualizada del
derecho ambiental, en el contexto de la nueva concepción ambiental
4. Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
a. Revisar los contenidos de la semana 1 y 2 del componente en las que
se puede entender los conceptos básicos del derecho ambiental así
como las características y principios del derecho ambiental; además es
necesario que se haga una revisión respecto a las fuentes y principales
instrumentos internacionales del derecho ambiental.
b. En base a los conocimientos previos el profesional en formación debe
elegir la respuesta correcta en cada uno de los ítems de acuerdo a la
temática.
5. Resuelva cada uno de los ítems respecto al tema específico planteado
(escoja la respuesta correcta)
A. Conceptos básicos del derecho ambiental
1. Se considera que los orígenes del Derecho ambiental como
ciencia se remontan a:
a. Conferencia de Estocolmo de 1971
b. Conferencia de Estocolmo de 1972
c. Conferencia de Estocolmo de 1973
d. Conferencia de Estocolmo de 1974

2. La Comisión BRUNDTLAND es conocido como
a. Nuestro futuro común
b. Comisión para las generaciones sustentables
c. Comisión Ecológica de protección
d. Nuestro futuro ecológico
3. Para Pedro Fernández Bitterlich los criterios rectores que
emanan de las fuentes internacionales del derecho ambiental
son:
a. Principio de Suplementariedad; Desarrollo Sustentable;
Contaminador Pagador y Solidaridad
b. Principio Precautorio, Desarrollo Ecológico, sustentabilidad y
suplementariedad
c. Principio de Soberanía, Desarrollo Sustentable; Contaminador
Pagador y precautorio
d. Principio de Desarrollo Sustentable, Desarrollo Ecológico, de
soberanía y precautorio.
4. El derecho soberano de los Estados a explotar y adoptar las
acciones de protección de sus recursos naturales corresponde
al:
a. Principio de Desarrollo sustentable
b. Principio de Soberanía
c. Principio Precautorio
d. Principio de Solidaridad
5. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de
certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón
para postergar la adopción de medidas eficaces en función
de los costos para impedir la degradación del medio ambiente
corresponde al:
a. Principio de desarrollo sustentable
b. Principio pagador
c. Principio precautorio
d. Principio de soberanía

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MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA
B. Características y principios del Derecho ambiental
1. El Derecho ambiental es un derecho social, por lo tanto se
acerca al:
a. Campo individual
b. Campo personal
c. Campo puramente patrimonial
d. Campo colectivo y social
2. El Derecho ambiental protege a:
a. Seres humanos
b. La Base de la vida en la Tierra
c. Seres inertes
d. Comunidades y pueblos.
3. Defender los recursos naturales y la preservación de los
elementos bióticos como abióticos, así como los elementos
que constituyen el patrimonio ambiental es propósito de:
a. Las Políticas públicas sociales, normas y reglas
b. Las normas, leyes, principios, reglas
c. Las autoridades públicas
d. Convenciones nacionales
4. Las características del Derecho Ambiental son:
a. Interdisciplinario; sistemático; supranacional; singular
b. Finalista; disciplinario; solidario; sistemático
c. Preventivo, solidario, supranacional; finalista
d. Supranacional, disciplinario, singular; solidario
5. Uno de los efectos del carácter supranacional del Derecho
Ambiental es el de:
a. Regulación administrativa
b. Sobrepasar las fronteras de las ciudades
c. Sobrepasan las fronteras de los Estados

d. Regulación de conductas.
6. Criterio de evaluación: Se calificaran cada acierto con el valor de 0,2, total 2
puntos
1. Actividad de aprendizaje:
Analizar los preceptos constitucionales internos como internacionales en torno
al derecho ambiental
2. Tema: El Derecho ambiental en la Constitución ecuatoriana 2008
3. Competencia a la que aporta la actividad: Contrasta la normativa
constitucional que ampara los diferentes temas ambientales.
4. Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
Revisar los contenidos de la semana 3 y 4 del componente en donde
se analiza el derecho ambiental en la Constitución ecuatoriana 2008
incluyendo la explicación de la normativa ambiental constitucional,
desarrollo sustentable, derechos colectivos, derechos de la naturaleza.
En base a los conocimientos previos el profesional en formación debe
realizar un análisis de las preguntas que el tutor realiza y en base a ello
debe seleccionar la respuesta correcta en cada uno de los ítems.
Es necesario que se revise los REAS y los anuncios académicos del
componente.
5. Resuelva cada uno de los ítems respecto al tema específico planteado
(Escoja la respuesta correcta)
A. Derecho ambiental en el contexto latinoamericano
1. Los derechos constitucionales relacionados con el ambiente,
tienen carácter:
a. Individual y particular.
b. Supraindividual y colectivo
c. Propio y personal
d. Interdisciplinario

MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA
2. En el Ecuador se reconoce que el derecho humano al
agua es fundamental e irrenunciable y que constituye
patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable e
imprescriptible y esencial para la vida en:
a. En las ordenanzas municipales
b. En el Plan nacional del Buen Vivir
c. En los decretos
d. En la Ley de Gestión ambiental
3. El artículo 74 de la Constitución ecuatoriana estipula: “Las
personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán
derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales
que les permitan el buen vivir…” por lo tanto:
a. Los servicios ambientales no serán susceptibles de
apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento
no serán regulados por el Estado.
b. Los servicios ambientales serán susceptibles de apropiación;
su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán
regulados por el Estado.
c. Los servicios ambientales no serán susceptibles de
apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento
serán regulados por el Estado.
d. Los servicios ambientales serán susceptibles de apropiación
en la prestación, producción que serán regulados por el
Estado.
4. La Constitución ecuatoriana establece que “Toda decisión o
autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser
consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y
oportunamente…” El sujeto consultante será:
a. La comunidad
b. El Estado
c. La empresa
d. Los ambientalistas

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5. Conservar, promover sus prácticas de manejo de la
biodiversidad y de su entorno natural es un derecho:
a. Individual dentro de las comunas, pueblos y nacionalidades
indígenas
b. Colectivo de las comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades indígenas
c. Individual fuera de las comunidades y nacionalidades
indígenas
d. Supranacional
B. Medio ambiente en el derecho constitucional comparado
1. Aunque existen diferencias significativas en las constituciones
dentro del contexto hispanoamericano, los siguientes aspectos
pueden ser considerados como denominadores comunes:
a. Se reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos
b. Los recursos naturales no son propiedad inalienable del
Estado
c. Se garantiza el ejercicio de acciones colectivas para la
protección del medio ambiente
d. El Buen vivir se establece a nivel latinoamericano.
2. Garantizar el derecho de los ciudadanos a la atención de la
salud y el saneamiento ambiental es un principio fundamental
en la Constitución de:
a. Perú
b. Colombia
c. Argentina
d. Venezuela
3. Se reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos en la
Constitución:
a. Colombiana
b. Peruana
c. Ecuatoriana
d. Mexicana

4. La Constitución Ecuatoriana reconoce a la naturaleza como:
a. Objeto de derecho
b. Comunidad de derecho
c. Sujeto de derecho
d. Intangible
5. Las políticas ambientales serán de cumplimiento obligatorio
por parte del Estado (ecuatoriano) en todos sus niveles y
por todas las personas naturales y jurídicas en el territorio
nacional; estas se aplicarán de manera:
a. Horizontal
b. Vertical
c. Transversal
d. Diagonal
Criterio de evaluación: Se calificaran cada acierto con el valor de 0,2, total 2
puntos
Actividad de aprendizaje:
Conocer la estructura institucional ambiental en el Ecuador así como las
políticas básicas ambientales
Tema: Sistema e instituciones de gestión ambiental en el Ecuador
Competencia a la que aporta la actividad: Genera una visión actualizada del
derecho ambiental, en el contexto de la nueva concepción ambiental
Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
Revisar los contenidos de la semana 5 y 6 del componente en donde se
analiza el Sistema e Instituciones de Gestión Ambiental en El Ecuador;
la estructura institucional ambiental, así como las políticas básicas
ambientales ecuatorianas.
En base a los conocimientos previos el profesional en formación debe
realizar un análisis de las preguntas que el tutor realiza y en base a ello
debe seleccionar la respuesta correcta, completar mapas conceptuales,
etc en cada uno de los ítems.

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La Universidad Católica de Loja UTPL
Es necesario que se revise los REAS y los anuncios académicos del
componente, así como la Ley de gestión ambiental y el Código Orgánico
del Ambiente.
4. Resuelva cada uno de los ítems respecto al tema específico planteado
A. Sistema e instituciones de Gestión Ambiental en el Ecuador
1. En el Sistema nacional descentralizado de gestión ambiental
se reconocen como niveles territoriales de gobierno:
a. Nivel Nacional y Regional
b. Nivel Nacional, Cantonal y Parroquial
c. Nivel Nacional, Provincial, Cantonal y Parroquial
d. Nivel Nacional, Regional, Provincial, Cantonal y Parroquial
2. El proceso de descentralización consiste en la transferencia:
a. Definitiva de funciones, atribuciones, responsabilidades y
recursos
b. Provisional de funciones, atribuciones, responsabilidades y
recursos
c. Definitiva de funciones y recursos
d. Provisional de funciones y recursos
3. A los siguientes ítems responder verdadero o Falso
a. La Máxima autoridad ambiental en el Ecuador es el Ministerio
del Ambiente ( )
b. La Constitución confiere competencias en materia de gestión
ambiental a los gobiernos regionales autónomos ( )
c. La planificación es un instrumento de gestión ambiental
incluido en la Ley de gestión ambiental ( )
4. El Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental
(SNDGA), lo conforman:
a. Todas las instituciones del sector público con competencia en
materia ambiental
b. Todas las instituciones del sector público y privado con
competencia en materia ambiental

c. Todas las instituciones del sector privado con competencia
en materia ambiental
d. Todas las instituciones de carácter mixto con competencia en
materia ambiental
5. Un Plan de Ordenamiento territorial es un herramienta de
planificación que sirve para:
a. Anticipar los distintos usos del suelo a lo largo del territorio
nacional
b. Anticipar los distintos usos de la gestión ambiental a lo largo
del territorio
c. Anticipar los distintos impactos ambientales que se puedan
dar a lo largo del territorio nacional
d. Anticipar las distintas catástrofes naturales a lo largo del
territorio nacional
B. Políticas básicas ambientales
1. Las políticas básicas ambientales constituyen una declaración
de principios respecto de la orientación de la gestión ambiental
en el Ecuador las mismas que:
a. Deben ser modificadas en aplicación a la normativa
incorporada a la Constitución vigente
b. Deben ser modificadas mediante un proyecto de ley
c. Deben ser establecidas mediante ordenanzas municipales
d. Deben ser establecidas por reglamentos municipales
2. Las políticas básicas ambientales para el país deben ser
acatadas y tomadas en cuenta por:
a. Las diversas instituciones públicas en el país
b. Las diversas instituciones públicas y privadas en el país
c. Las diversas instituciones privadas del país
d. Las diversas organizaciones del país

3. Los principios y directrices de política ambiental en el Ecuador
son establecidos por:
a. La Ley de Patrimonio Forestal
b. La Ley de Gestión ambiental
c. Las ordenanzas municipales
d. La ley de minería
4. El derecho a participar en la gestión ambiental a través de
consultas, audiencias públicas, iniciativas propuestas es un
derecho exclusivo de:
a. Las organizaciones sociales
b. Las organizaciones ecológicas
c. Las personas naturales y jurídicas
d. Las comunidades afectadas
5. Es política básica ambiental en el Ecuador reconocer que el
desarrollo sustentable solo puede alcanzarse cuando:
a. Sus elementos lo social y lo económico son tratados armónica
y equilibradamente
b. Sus elementos lo económico y ambiental son tratados
armónica y equilibradamente
c. Sus elementos lo social, económico y ambiental son tratados
armónica y equilibradamente
d. Sus elementos ambiental social y ambiental son tratados
armónica y equilibradamente