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jueves, 3 de octubre de 2019

Tarea resuelta de FILOSOFÍA DEL DERECHO Octubre 2019 - Enero 2020

1. Tema de la tarea:El Derecho Natural.
2. Competencia a la que aporta la actividad:Comprender las teorías del derecho en general.
3. Actividad de aprendizaje:Búsqueda de información en el texto básico como en otras fuentes como en la
internet.
4. Orientaciones metodológicas (estrategias de trabajo):
a.
Para responder las actividades 1, 2 y 3 revisar todos los contenidos
referentes al derecho natural, especialmente la unidad II y III que constan
en la guía y en el texto básico.
b. Leer de forma comprensiva las unidades indicadas en el literal anterior,
para esto el estudiante deberá aplicar el método “EL SER”, es decir, la
letra (E) significa explorar los capítulos; la letra (L) significa leer dichos
capítulos; la letra (S) significa subrayar las ideas principales de los
capítulos; la letra (E) significa esquematizar los capítulos (diagramas,
cuadro sinóptico, mapas…); y finalmente la letra (R) significa resumir el
texto leído.
c. Para contestar las actividades 4 y 5 de pensadores Iusnaturalistas
contemporáneos más importantes, usted es libre de investigar en internet
o en cualquier otra fuente bibliográfica.
5. Estructura formal de presentación: Resuelva las siguientes actividades:
Actividad 1:
De los representantes del Iusnaturalismo hemos tomado los más relevantes
de su pensamiento, para lo cual se solicita a usted señor estudiante empareje
correctamente cada pensamiento con el filósofo que corresponda:

Pensamiento Respuesta
La razón o la voluntad de Dios que manda conservar el orden natural
y prohíbe perturbarlo.
El Derecho natural es en sí inmutable, lo cual no impide que un
sector de sus preceptos pueda experimentar modificaciones en sus
contenidos.
El estado es un organismo perfecto en el cual se encarna una
completa unidad.
El verdadero Derecho vive en el mundo de las ideas y las leyes
positivas no pueden pretender ser valiosas sino en la medida en que
participen de la idea de la ley justa.
Existe por encima de los hombres, todo un mundo de valores
objetivos y entre ellos el de la justicia, que tiene una realidad efectiva
superior a toda determinación humana.
Filósofosa. Sócrates
b. Platón
c. Aristóteles
d. San Agustín
e. Francisco Suárez
Actividad 2:Dentro de la Escuela del Derecho Racional e Idealista tenemos dos filósofos
renombrados, como lo son Kant y Hegel, de los cuales hemos ubicado los
pensamientos más sobresalientes de los mismos. Solicito empareje cada
pensamiento en el recuadro del filósofo correcto.
Pensamiento Respuesta
Llama al entendimiento razón pura.
El Derecho y la moral están íntimamente relacionados.
Identifica al pensamiento con el ser.
Por encima del Estado no hay más que lo absoluto.
Su obra fue la Crítica de la Razón Pura.
El principio de obra moral es conocido como imperativo categórico.
1. Manuel Kant
2. Jorge Guillermo Federico Hegel

Actividad 3:A continuación, ponemos el significado de los cuatro tipos de leyes que proponen
San Agustín y Santo Tomás, para que los relacione con sus respectivas leyes.
Significado de las leyes Tipos de leyes
A. Es la ley que contiene aquellos elementos generales,
comunes, absolutos e inmutables que se desprenden del
entendimiento de la Revelación. Esta Ley parte de que el
hombre puede comprender lo que es bueno o malo dado por
Dios y por tanto será esta ley el débil conocimiento por parte
de los hombres.
B. Esta ley es una ordenación de la razón para el bien común,
promulgada por quien tiene a su cargo el cuidado de la
comunidad.
C. Son aquellas leyes mediante las cuales Dios gobierna su
creación. Es “La razón de la divina sabiduría en cuanto dirige
toda acción y todo movimiento, o sea el principio ordenador
de todo lo creado”. Dicha ley sólo la conoce Dios y es el
orden general de todas las cosas. Las mentes humanas solo
pueden acercarse a dicha ley y hacer suposiciones de ella.
Sin embargo, queda un sello plasmado en el corazón de los
hombres dicha ley, sobre la concepción de lo bueno y de lo
malo que se puede remitir a la conciencia o la creencia de
que algo está bien o mal. Abarca tanto “dar a conocer” como
“el imponerse”. En los seres inanimados y los animales se
da sin más. En cambio, en el hombre, dotado de una razón
semejante a la divina, aunque más pobre, conoce esta Ley a
través de su razón débil.
D. Esta ley es la razón o la voluntad de Dios que ordena guardar
el orden natural y prohíbe perturbarlo”. Dicha Ley se puede
encontrar en la Revelación a través de su palabra.
Tipos de leyes:1. Ley eterna.
2. Ley divina.
3. Ley natural.
4. Ley Humana.

Actividad 4:Lon L. Fuller es un iusnaturalista contemporáneo que propone ocho presupuestos
de legislación de moral que formarían una ‹‹moral interna del derecho›› que
son: (i) generalidad de las normas, (ii) promulgación o prohibición de que las
normas sean secretas, (iii) claridad o inteligibilidad, (iv) posibilidad de cumplir
las normas, (v) estabilidad de las normas, (vi) coherencia, (vii) irretroactividad
y (viii) congruencia.
A continuación, ubico algunos artículos Constitucionales y legales para que
usted identifique a qué presupuesto de moral interna corresponde:
Artículos Presupuestos de moral interna
“EI ejercicio de los derechos se regirá por los
siguientes principios: ... 2. Todas las personas
son iguales y gozaran de los mismos derechos,
deberes y oportunidades. Nadie podrá ser
discriminado por razones de etnia, lugar de
nacimiento, edad, sexo, identidad de género,
identidad cultural…” (Art. 11 CRE)
“La asamblea constituyente sólo podrá ser
convocada a través de consulta popular. Esta
consulta podrá ser solicitada por la Presidenta
o Presidente de la República, por las dos
terceras partes de la Asamblea Nacional, o por
el doce por ciento de las personas inscritas en
el registro electoral. La consulta deberá incluir
la forma de elección de las representantes y
los representantes y las reglas del proceso
electoral. La nueva Constitución, para su entrada
en vigencia, requerirá ser aprobada mediante
referéndum con la mitad más uno de los votos
válidos.” (Art. 444 CRE)

Artículos Presupuestos de moral interna
“Corresponderá a la Procuradora o Procurador
General del Estado, además de las otras funciones
que determine la ley: 1. La representación judicial
del Estado. 2. El patrocinio del Estado y de sus
instituciones.
3. El asesoramiento legal y la absolución de las
consultas jurídicas a los organismos y entidades
del sector público con carácter vinculante, sobre
la inteligencia o aplicación de la ley, en aquellos
temas en que la Constitución o la ley no otorguen
competencias a otras autoridades u organismos.”
(Art. 237 CRE)
“Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a
la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita
de sus derechos e intereses, con sujeción a los
principios de inmediación y celeridad; en ningún
caso quedará en indefensión. El incumplimiento
de las resoluciones judiciales será sancionado
por la ley.” (Art. 75 CRE).
“El orden jerárquico de aplicación de las normas
será el siguiente: La Constitución; los tratados y
convenios internacionales; las leyes orgánicas;
las leyes ordinarias; las normas regionales
y las ordenanzas distritales; los decretos y
reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las
resoluciones; y los demás actos y decisiones de
los poderes públicos.” (Art. 425 CRE).
“Si la Presidenta o Presidente de la República
objeta totalmente el proyecto de ley, la Asamblea
podrá volver a considerarlo solamente después
de un año contado a partir de la fecha de la
objeción. Transcurrido este plazo, la Asamblea
podrá ratificarlo en un solo debate, con el voto
favorable de las dos terceras partes de sus
miembros, y lo enviará inmediatamente al
Registro Oficial para su publicación…” (Art. 138
CRE)

Artículos Presupuestos de moral interna
“Ámbito temporal de aplicación. - Los sujetos del
proceso penal y las o los juzgadores observarán
las siguientes reglas: 1. Toda infracción será
juzgada y sancionada con arreglo a las leyes
vigentes al momento de su comisión.” (Art. 16
COIP).
El 17 de febrero de 2013, el pueblo ecuatoriano
eligió un programa de gobierno para que sea
aplicado -siempre ceñido a la Constitución de
Montecristi-, en el nuevo periodo de mandato
de la Revolución Ciudadana. Ese programa
tiene su reflejo inmediato en el Plan Nacional
para el Buen Vivir 2013-2017, el cual representa
una postura política muy definida y constituye
la guía de gobierno que el país aspira tener y
aplicar en los próximos cuatro años. Este es el
sentido que queremos darle a este Plan, que
debe convertirse en un documento tan práctico
como un mapa, con directrices muy claras para
evitar que nos extraviemos en el camino o nos
aventuremos en una ruta no trazada que nos
lleve a un despeñadero. (Introducción del Plan
Nacional del Buen Vivir 2013-2013 según el Art.
147 Núm. 7 CRE).
Actividad 5:El Derecho Natural inspirado en la filosofía escolástica sigue siendo una
concepción de notable trascendencia en los países de tradición católica,
especialmente por una versión del iusnaturalismo más influyente en la
actualidad se debe a un autor inglés perteneciente a la “Nueva escuela de
Derecho Natural” llamado John Finnis, que se inspira en Aristóteles y Santo
Tomás de Aquino para fundamentar su teoría del Derecho Natural.
Finnis (1980) configura al Derecho Natural en un plano deontológico, esto
es como una serie de principios morales cuya función es guiar (y justificar)
el Derecho positivo y la conducta de la persona, lo que permitirá suministrar
los criterios con que establecer la validez del Derecho y, por tanto, con los
que separar el Derecho del no-Derecho. Para Finnis, el Derecho natural son
los principios de la razón práctica que ordenan la vida del hombre y de la

comunidad. Esos principios derivan de ciertos bienes básicos que se justifican
por sí mismos, es decir son valores objetivos, porque cualquier persona
razonable no puede por más que considerarlos como bienes.
Por ejemplo, en Ecuador existe una concepción garantista de los derechos,
ya que son fundamentales todos los derechos que hacen parte del catálogo
constitucional. De forma general podemos decir que un derecho constitucional o
fundamental (DF) es un instrumento jurídico que permite proteger los intereses
más importantes de las personas, tomando en cuenta que dichos “intereses
más importantes” son todos los bienes básicos que permiten a las personas
desarrollar cualquier plan de vida de manera digna. Según Finnis los bienes
básicos de las personas son:
● Vida (salud, reproducción, seguridad).
● Conocimiento y experiencia estética.
● Trabajo y juego significativo (excelencia).
● Amistad: relaciones y amistades.
● Autointegración: armonía, integridad o paz interior.
● Autoexpresión o razonabilidad práctica (tomar decisiones en paz).
● Trascendencia (armonía con fuentes de sentido sobrehumanas, teístas
o no).
De lo manifestado anteriormente usted deberá realizar la siguiente actividad:
Se ubicarán diferentes artículos de la Constitución de la República del Ecuador
y usted deberá escoger el bien básico que dicho artículo está protegiendo.
Artículos constitucionales Bienes básicos.
Art. 45.- Las niñas, niños y adolescentes gozarán de
los derechos comunes del ser humano, además de
los específicos de su edad. El Estado reconocerá y
garantizará la vida, incluido el cuidado y protección
desde la concepción.
Art. 28.- … La educación pública será universal y laica
en todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel de
educación superior inclusive.
Art. 381.- El Estado protegerá, promoverá y coordinará
la cultura física que comprende el deporte, la
educación física y la recreación, como actividades que
contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral
de las personas…

Artículos constitucionales Bienes básicos.
Art. 33.- El trabajo es un derecho y un deber social, y
un derecho económico, fuente de realización personal
y base de la economía. El Estado garantizará a las
personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad,
una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones
justas y el desempeño de un trabajo saludable y
libremente escogido o aceptado.
Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y
control de las políticas públicas y servicios públicos
que garanticen los derechos reconocidos por la
Constitución, se regularán de acuerdo con las
siguientes disposiciones: 1. Las políticas públicas y la
prestación de bienes y servicios públicos se orientarán
a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y
se formularán a partir del principio de solidaridad.
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: …
3. El derecho a la integridad personal, que incluye: a)
La integridad física, psíquica, moral y sexual. b) Una
vida libre de violencia en el ámbito público y privado….
Art. 18.- Todas las personas, en forma individual o
colectiva, tienen derecho a:
1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir
información veraz, verificada, oportuna, contextualizada,
plural, sin censura previa acerca de los hechos,
acontecimientos y procesos de interés general, y con
responsabilidad ulterior. 2. Acceder libremente a la
información generada en entidades públicas, o en las
privadas que manejen fondos del Estado o realicen
funciones públicas. No existirá reserva de información
excepto en los casos expresamente establecidos en
la ley. En caso de violación a los derechos humanos,
ninguna entidad pública negará la información.
PREÁMBULO. NOSOTRAS Y NOSOTROS, el pueblo
soberano del Ecuador: CELEBRANDO a la naturaleza,
la Pacha Mama, de la que somos parte y que es vital
para nuestra existencia,
INVOCANDO el nombre de Dios y reconociendo
nuestras diversas formas de religiosidad y espiritualidad.